Colombia Guía del IVA
CP Lucy Yadira Castro Rodriguez
Especialista en IVA en Colombia
Esta guía es una visión general del sistema del Impuesto al Valor Agregado (“IVA”) en México, enfocada en cómo afecta a las empresas extranjeras que comercian con México. Es de carácter general y es poco probable que cubra las particularidades de su caso. Debe leerse como tal y no interpretarse como un consejo. Para obtener asesoramiento sobre cómo su negocio se ve afectado por el IVA en Colombia, por favor póngase en contacto con un especialista en IVA de Kreston Global Colombia.
- Nombre fiscal
- ¿Quién es la Autoridad Fiscal?
- ¿Qué tipo de impuesto es?
- ¿Cómo se genera?
- ¿Cuáles son los tipos de IVA?
- Impuesto de retención (total o parcial)
- ¿Hay un límite de inscripción?
- ¿Cuándo debe registrarse una empresa no establecida?
- ¿Cuándo se considera que la mercancía se entrega dentro del territorio colombiano?
- ¿Alguna norma especial?
- ¿Una empresa no establecida necesita un representante fiscal?
- ¿Con qué frecuencia debe presentarse la declaración de IVA?
- ¿Existen sanciones por inscribirse fuera de plazo?
- ¿Existen otras situaciones en las que se apliquen sanciones?
- ¿Se puede recuperar el IVA pagado a empresas extranjeras?
- ¿Se puede conceder un crédito de IVA?
- ¿Tengo que emitir una factura?
Nombre fiscal
IVA – Impuesto sobre el Valor Añadido
¿Quién es la Autoridad Fiscal?
La Autoridad Tributaria en Colombia DIAN – Dirección de Aduanas e Impuestos Nacionales
¿Qué tipo de impuesto es?
El Impuesto sobre el Valor Añadido -IVA- es un impuesto indirecto nacional que grava los bienes y servicios.
¿Cómo se genera?
Hecho generador
Según el artículo 420 del Estatuto Tributario, los siguientes hechos generan IVA:
- La venta de bienes materiales, muebles e inmuebles, salvo los expresamente excluidos.
- La venta o cesión de derechos de activos inmateriales únicamente asociados a la propiedad industrial.
- Servicios prestados en el país o en el extranjero, no excluidos expresamente.
- La importación de bienes materiales no excluidos expresamente.
- La circulación, venta o explotación de juegos de azar y suerte, excepto las loterías y los juegos de azar y suerte explotados exclusivamente por Internet. Es importante considerar que en los juegos de suerte y azar, el IVA se aplica en el momento en que se realiza la apuesta, cuando se emite el documento, formulario, boleto o instrumento para participar en el juego. Por lo tanto, el operador del juego es responsable del impuesto.
Este impuesto no se aplicará a la enajenación de activos, salvo las excepciones previstas para los bienes inmuebles de uso residencial, de automoción o cualquier otro activo fijo que habitualmente se enajene a y por un tercero, y para los aerodinámicos.
¿Cuáles son los tipos de IVA?
Bienes y servicios gravados:
Los no calificados como exentos, por lo que se aplica un impuesto del 19% o del 5%
Bienes y servicios exentos:
Los que tienen un 0% de gravamen
Bienes y servicios excluidos:
Los que no están gravados por estar expresamente recogidos en la ley
Impuesto de retención (total o parcial)
Son los definidos en el artículo 437-2 del Estatuto Tributario, los que actuarán como agentes retenedores del impuesto sobre las ventas al adquirir bienes y servicios gravados.
¿Hay un límite de inscripción?
No hay límite de registro en las normas relativas al cobro del IVA. No hay base mínima, mientras que, para las retenciones de IVA, las bases mínimas establecidas para 2023 son:
- IVA retención por servicios 170.000
- Retención del IVA por compras 1.145.000 dólares
¿Cuándo debe registrarse una empresa no establecida?
De acuerdo con el artículo 555-2 del Estatuto Tributario, la inscripción del Registro Único Tributario (RUT) debe cumplirse al inicio de la actividad económica entre las oficinas competentes y aplica para los contribuyentes responsables del Impuesto Común y los que pertenecen al impuesto simplificado, los agentes retenedores, los importadores, exportadores y demás usuarios aduaneros y los sometidos a las obligaciones que administra la Agencia Nacional de Aduanas e Impuestos.
¿Cuándo se considera que la mercancía se entrega dentro del territorio colombiano?
La administración fiscal ha establecido los siguientes estatutos:
Art. 24 Estatuto Fiscal: “Rentas de fuente nacional”.
- Los ingresos de fuente nacional son aquellos provenientes de la explotación de bienes materiales e inmateriales dentro del país y la prestación de servicios dentro del territorio, de manera permanente o transitoria, con o sin instalación propia.
- Renta de fuente nacional es aquella que resulta de la enajenación de bienes materiales e inmateriales, a cualquier título, que se encuentren dentro del país en el momento de la enajenación.
¿Alguna norma especial?
Ninguno aparte de los ya mencionados en los párrafos anteriores.
¿Una empresa no establecida necesita un representante fiscal?
Deben inscribirse en el Registro Único Tributario RUT. Deben cumplir con la obligación formal de inscribirse en el Registro Único Tributario -RUT.
¿Con qué frecuencia debe presentarse la declaración de IVA?
El artículo 600 del Estatuto Tributario, señala los requisitos de cada período gravable del impuesto sobre las ventas que se clasifican en bimestral y cuatrimestral.
¿Existen sanciones por inscribirse fuera de plazo?
Sí, el artículo 658-3 del Estatuto Tributario señala las Sanciones relativas por el incumplimiento en la inscripción oportuna del RUT y la obtención del NIT.
¿Existen otras situaciones en las que se apliquen sanciones?
Sí, si no se declaran los impuestos o si la información no es exacta.
¿Se puede recuperar el IVA pagado a empresas extranjeras?
Sí, se puede recuperar el IVA pagado a empresas extranjeras, teniendo en cuenta que cuando se prestan servicios y se tiene que pagar IVA, por ser de Fuente Nacional, dicha empresa facturadora tiene que hacerlo:
- Inscribirse en el RUT
- Enviar una factura por los servicios prestados
- Declarar e ingresar los impuestos en los términos señalados en el artículo 437 del apartado 2.
¿Se puede conceder un crédito de IVA?
Sí, en Colombia se llama IVA descontado y está regulado por los siguientes artículos:
Artículo 488 del Estatuto Tributario: son descontables los impuestos originados en operaciones que constituyan costo o gasto.
Art. 489. Impuestos descontables susceptibles de devolución bimestral.
¿Tengo que emitir una factura?
A efectos fiscales, todas las personas o empresas que sean comerciantes, que tengan ocupaciones liberales o que presten servicios relacionados con ellas, o que enajenen bienes que procedan de actividades agrícolas o ganaderas, deberán expedir factura o documento equivalente, y conservar una copia.