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Cadena de hierbas
Accionista, Mayer Hoffman McCann. Director Técnico Adjunto, Grupo de Auditoría Global, Kreston Global.

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Herbert Chain es un experto financiero con 40 años de experiencia en empresas, contabilidad y auditoría, habiendo ocupado el cargo de Socio Senior de Auditoría en Deloitte. Posee certificaciones de la National Association of Corporate Directors y la Private Directors Association, con conocimientos de gobernanza de empresas privadas y gestión eficaz de riesgos. Posee amplios conocimientos en el sector de los servicios financieros, incluida la gestión de activos y los seguros, y experiencia con SPAC.

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Criptoactivos: Llega la contabilidad por el valor razonable

March 31, 2023

El creciente uso y aceptación de los criptoactivos ha llevado a muchas empresas e inversores a reconsiderar su enfoque de la información financiera, concretamente en el ámbito de la contabilidad por el valor razonable. A medida que los activos digitales se hacen más frecuentes, están cambiando la forma de ver y gestionar las participaciones financieras, aunque los activos tradicionales como el efectivo, las existencias y el equipamiento sigan desempeñando un papel importante en los estados financieros de muchas empresas. Herb Chain, de CBIZ MHM, la firma estadounidense de Kreston Global, analiza las implicaciones de las últimas directrices del FASB.

En consecuencia, la contabilidad de los activos digitales se ha convertido en una cuestión crítica para las empresas, los inversores y otras partes interesadas, así como para los auditores externos. Hasta hace muy poco, la única orientación estadounidense procedía del AICPA (American Institute of Certified Public Accountants) a través de una ayuda práctica que ofrecía orientaciones no autorizadas sobre cómo contabilizar los activos digitales.

Orientaciones actuales de EE.UU.

Según los principios contables generalmente aceptados en los Estados Unidos de América (US GAAP), las criptomonedas se consideran activos intangibles y se contabilizan utilizando el modelo de deterioro. Esto significa que se registran inicialmente al coste y posteriormente se comprueba su deterioro si los acontecimientos o circunstancias sugieren que su valor puede haber disminuido. Los aumentos posteriores del valor contable del activo y la reversión de una pérdida por deterioro están prohibidos.

En el horizonte

El 15 de diciembre de 2021, en respuesta a los comentarios recibidos sobre su Invitación a Comentar de junio de 2021, Priorización de la Agenda, el FASB añadió un proyecto a su agenda de investigación para explorar la contabilidad y la divulgación de un subconjunto de activos digitales negociados en bolsa y materias primas negociadas en bolsa. El 1 de febrero de 2023, el Consejo del FASB encargó al personal que redactara una propuesta de actualización de las normas contables (ASU).

El 23 de marzo de 2023, el FASB publicó una propuesta de ASU, que añadiría un nuevo subtema a la Codificación FASB: Intangibles – Fondo de comercio y otros – Criptoactivos (Subtema 350-60), Contabilización y divulgación de criptoactivos, cuyo objetivo es mejorar la contabilización y divulgación de determinados criptoactivos. En su comunicado de prensa, el FASB señala que ha recibido comentarios en el sentido de que “la contabilización de los criptoactivos como activos intangibles de vida indefinida, que es un modelo de coste sin deterioro, no proporciona a los inversores información útil para la toma de decisiones ni refleja la economía subyacente de esos activos”. Si se adopta, la propuesta proporcionará la primera norma contable explícita sobre criptoactivos en los PCGA estadounidenses.

La norma propuesta – brevemente

Las modificaciones de la ASU propuesta requerirían que una entidad midiera determinados criptoactivos a valor razonable en cada período de información en el estado de situación financiera de cada período de información y reconociera los cambios en el valor razonable en los ingresos netos. Las modificaciones propuestas también requerirían que una entidad proporcione información mejorada para los periodos de información anual e intermedia, incluida la presentación de los criptoactivos por separado de otros activos intangibles.

Las modificaciones de la ASU propuesta se aplicarían a todas las entidades que posean criptoactivos que cumplan todos los criterios siguientes:

  1. Se ajustan a la definición de “activo intangible” del Glosario General de la Codificación de Normas Contables del FASB.
  2. No proporcionan al titular de los activos derechos exigibles sobre los bienes, servicios u otros activos subyacentes.
  3. Se crean o residen en un libro mayor distribuido basado en la tecnología blockchain
  4. Están protegidos mediante criptografía
  5. Son fungibles
  6. No hayan sido creadas o emitidas por la entidad declarante o sus partes vinculadas.

Las modificaciones de la ASU propuesta requerirían un ajuste de efecto acumulativo en el saldo inicial de las ganancias acumuladas (u otros componentes apropiados del patrimonio neto o de los activos netos) al inicio del ejercicio anual sobre el que se informe en el que una entidad adopte las modificaciones propuestas. Tras la emisión de una ASU definitiva, se permitiría la adopción anticipada en cualquier periodo intermedio o anual para el que no se hayan emitido (o puesto a disposición para su emisión) los estados financieros de una entidad al inicio del periodo de información anual. El FASB señaló que el Consejo determinará la fecha de entrada en vigor después de considerar los comentarios de las partes interesadas. Los comentarios deben enviarse antes del 6 de junio de 2023.

Es importante señalar que las orientaciones propuestas aún no son definitivas y pueden estar sujetas a cambios en función de los comentarios de las partes interesadas. Sin embargo, proporciona una visión de cómo el FASB ve la contabilidad de los activos digitales y puede influir en las futuras normas contables en los EE.UU. en relación con otros tipos de activos digitales.

¿Y el resto del mundo? – Normas profesionales de contabilidad en otros países y con arreglo a las NIIF

Muchos países fuera de Estados Unidos han desarrollado sus propias normas contables para los activos digitales. Por ejemplo, el Consejo de Información Financiera del Reino Unido (FRC) ha publicado orientaciones sobre cómo contabilizar las criptomonedas y los tokens. Las directrices sugieren que las criptomonedas se contabilicen como activos intangibles y los tokens como instrumentos financieros.

Según las NIIF (Normas Internacionales de Información Financiera), los activos digitales se contabilizan con arreglo a la NIC 38, que orienta sobre cómo contabilizar los activos intangibles. Al igual que los actuales PCGA de EE.UU., la NIC 38 exige que los activos digitales se registren inicialmente al coste y posteriormente se compruebe su deterioro si los acontecimientos o circunstancias sugieren que su valor puede haber disminuido.

Sin embargo, las NIIF también ofrecen orientaciones sobre cómo contabilizar los activos digitales utilizando el modelo del valor razonable. La NIIF 13 exige que las entidades midan el valor razonable de los activos digitales basándose en los precios de mercado, si están disponibles. Si no se dispone de precios de mercado, las entidades deben utilizar otras técnicas de valoración, como flujos de caja descontados u operaciones comparables.

¿Adónde vamos ahora?

La contabilización de los criptoactivos es una cuestión compleja y en rápida evolución que requiere una cuidadosa consideración. La ayuda práctica del AICPA, las normas contables profesionales de otros países y las NIIF ofrecen orientación sobre cómo contabilizar los activos digitales, mientras que la reciente propuesta del FASB ofrece una visión de los posibles cambios en los PCGA de EE.UU.. Es importante mantenerse al día de la evolución de las normas contables y estudiar detenidamente las implicaciones de los distintos modelos de contabilidad para las criptomonedas y otros activos digitales.


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