Régimen alemán de desgravación fiscal por I+D R&D Relief factsheet
El régimen alemán de desgravación fiscal por I+D se rige por la Ley de desgravación por investigación, que ofrece incentivos fiscales a la investigación y el desarrollo en forma de desgravación. Introducida el 1 de enero de 2020 para complementar la financiación de proyectos existente, el alcance de la financiación máxima se ha ampliado recientemente de forma significativa hasta un importe máximo de 4,2 millones de euros al año para las PYME y de 3,0 millones de euros para otras entidades.
La ayuda a la investigación pretende reforzar a Alemania como emplazamiento empresarial, mejorar el atractivo de Alemania para nuevos asentamientos y decisiones de inversión, y asegurar así el crecimiento y el empleo.
Elegibilidad y proyectos elegibles de investigación y desarrollo
Pueden acogerse a la desgravación por investigación todas las formas jurídicas de entidades en Alemania que estén sujetas a responsabilidad fiscal ilimitada o limitada, realicen actividades de investigación y desarrollo y no estén exentas de impuestos. Por tanto, pueden optar a ella las empresas de nueva creación y las ya establecidas de todos los tamaños, sectores y regiones de Alemania.
Son subvencionables los proyectos de investigación y desarrollo en las categorías de investigación básica, investigación industrial y desarrollo experimental que estén suficientemente orientados. Para ser clasificada como actividad de investigación y desarrollo, debe ser una actividad novedosa, creativa y sistemática que sea incierta en cuanto al resultado final y transferible y/o reproducible.
- Investigación básica: Trabajo experimental o teórico que sirve para adquirir nuevos conocimientos básicos sin ninguna aplicación comercial directa reconocible.
- Investigación industrial: Investigación sistemática o investigación crítica para adquirir nuevos conocimientos y habilidades con el objetivo de desarrollar nuevos productos, procesos o servicios, o mejorar significativamente los productos, procesos o servicios existentes.
- Desarrollo experimental: Adquisición, combinación, diseño y uso de conocimientos y habilidades científicas, técnicas, económicas y de otro tipo relevantes ya existentes, con el fin de desarrollar productos, procesos o servicios nuevos o mejorados.
Además de la investigación interna, que puede llevarse a cabo de forma independiente o en cooperación, también son subvencionables la investigación por contrato, la cooperación y la aportación de trabajo de un particular o coempresario.
- Investigación interna: Investigación realizada por la propia empresa. Los derechos de propiedad intelectual de los resultados de la investigación (PI) suelen pertenecer a la empresa investigadora.
- Investigación en colaboración: Los indicios de la existencia de un proyecto en colaboración incluyen la división del trabajo y las tareas en pos de un objetivo común, la determinación conjunta del objeto del proyecto, la participación en la ejecución y el diseño del proyecto, y el reparto de los riesgos financieros, técnicos, científicos y de otro tipo asociados al proyecto.
La empresa beneficiaria debe llevar a cabo sus propias actividades de investigación. Cualquier miembro de la cooperación que cumpla los demás requisitos puede recibir la ayuda a la investigación.
- Investigación por contrato: La parte elegible encarga un proyecto de investigación específico a cambio de un pago, por lo que el contratista debe tener su lugar de gestión en un país de la UE/EEE.
La autoridad responsable Bescheinigungsstelle Forschungszulage (BSFZ) comprueba si un proyecto de investigación y desarrollo es subvencionable en un caso concreto como parte del procedimiento de certificación (véase 3. “Procedimiento de solicitud”).
Las empresas en crisis en el sentido de la legislación sobre ayudas estatales de la UE no pueden acogerse a la prima de investigación. Se considera que una empresa está “en crisis” si ha perdido más de la mitad de su capital social debido a pérdidas, se ha iniciado un procedimiento de insolvencia o ha recibido ayudas de salvamento o reestructuración que aún no ha devuelto. Las grandes empresas que no son PYME también deben cumplir requisitos relativos a su ratio de endeudamiento y al ratio de cobertura de intereses.
Las empresas afiliadas que estén vinculadas jurídica y económicamente también pueden solicitar derechos de investigación. Hay que tener en cuenta que los importes máximos (véase más abajo) se aplican siempre al grupo de empresas respectivo.
Gastos subvencionables
El importe de la ayuda a la investigación se basa en los gastos subvencionables de los proyectos de I+D del beneficiario. Los gastos subvencionables de los proyectos internos de I+D incluyen:
- Salarios y cotizaciones a la Seguridad Social
Los gastos subvencionables son los salarios (incluidas las pagas extraordinarias) de los propios empleados del beneficiario (empresario nacional) a los que se encomienden actividades de investigación y desarrollo y que estén sujetos a la deducción del impuesto sobre los salarios.
Deben tenerse en cuenta consideraciones especiales a la hora de examinar el rendimiento del trabajo de los trabajadores autónomos y de los socios de sociedades colectivas que participan en proyectos de I+D.
- Bienes muebles amortizables
A partir de 2024, amortización para los bienes muebles del inmovilizado (no bienes de escaso valor) adquiridos después del 27 de marzo de 2024, que sean necesarios para el proyecto de I+D realizado y se utilicen exclusivamente de forma interna para este fin.
- Gastos generales a tanto alzado
Para los proyectos de I+D iniciados después del 1 de enero de 2026, los gastos generales y otros gastos de funcionamiento también pueden reclamarse en forma de una cantidad fija del 20% de los gastos subvencionables en que se haya incurrido.
Remuneración por investigación bajo contrato
Si un proyecto de I+D se realiza como investigación por encargo de un tercero, se incluye en los gastos subvencionables el 70% (para los proyectos de investigación y desarrollo encargados después del 27 de marzo de 2024, y el 60% para los encargados antes de esa fecha) de la remuneración devengada por ello. En el caso de la investigación por contrato, el cliente puede optar a la financiación, ya que asume los costes y riesgos de la investigación por contrato.
Requisitos de grabación
Todos los gastos subvencionables deben documentarse detalladamente de forma comprensible. Si los proyectos de I+D se subcontratan a terceros, deben conservarse los contratos y facturas correspondientes. La ejecución del proyecto también debe documentarse sobre la base de un plan de proyecto que se adapte periódicamente al progreso del proyecto.
Las actividades de I+D sólo se tendrán en cuenta en la medida en que se incluyan en el marco del proyecto de investigación y desarrollo descrito en el certificado BSFZ. Si los gastos superan este límite o están relacionados con otro proyecto de I+D, no pueden considerarse gastos subvencionables.
Base de la evaluación
La suma de los gastos subvencionables de un ejercicio determinado de conformidad con el capítulo 3 constituye la base imponible de la prima de investigación. La base imponible máxima para los gastos subvencionables realizados después del 27 de marzo de 2024 es de 10 millones de euros por ejercicio. Para los gastos realizados después del 31 de diciembre de 2025, este límite se ha aumentado a 12 millones de euros.
La prima de investigación es, por lo general, el 25% de la base imponible y, por tanto, un máximo de 2,5 millones de euros en 2025 y de 3,0 millones de euros a partir de 2026.
Para las microempresas y las pequeñas y medianas empresas (PYME), la ayuda a la investigación asciende al 35% de la base imponible, es decir, un máximo de 3,5 millones de euros (a partir de 2026: 4,2 millones de euros).
Este aumento del complemento de investigación en 10 puntos porcentuales, está disponible para las empresas que no cumplan los siguientes criterios de tamaño:
- Balance total no superior a 43 millones de euros
- Balance anual total no superior a 50 millones de euros
- Un máximo de 250 empleados
Si se dispone de otras subvenciones o ayudas estatales, no se pueden incluir los gastos correspondientes (exclusión por acumulación). El importe total de las ayudas estatales concedidas, incluido el complemento de investigación, no puede superar un máximo de 15 millones de euros por empresa y proyecto de investigación y desarrollo.
Las empresas afiliadas también pueden solicitar ayudas a la investigación. Tanto la base imponible máxima de 10 millones de euros / 12 millones de euros como los límites del reglamento sobre PYME y el importe máximo de 15 millones de euros se aplican a todo el grupo de empresas y no a cada empresa individual de un grupo.
Procedimiento de solicitud
La Ley del Subsidio de Investigación establece un procedimiento en dos fases para solicitar y conceder el subsidio de investigación:
- Solicitud de certificado a la Oficina de Certificación de Ayudas a la Investigación (BSFZ – Bescheinigungsstelle Forschungszulage) Bescheinigungsstelle Forschungszulage)
En primer lugar, hay que solicitar un certificado de admisibilidad para un proyecto de investigación y desarrollo a la Oficina de Certificación de Ayudas a la Investigación (BSFZ). La solicitud se presenta a través de la página web de la BSFZ. El certificado de la BSFZ también puede solicitarse después del inicio del proyecto de I+D. La BSFZ examinará si existe un proyecto de I+D subvencionable.
La solicitud debe incluir, entre otras cosas, la siguiente información:
- Descripción del contenido del proyecto de I+D
- Alcance temporal, personal y financiero del proyecto de I+D
- Grado de innovación / diferenciación del estado de la técnica
- Detalles de cada activo usado: nombre, fabricante, nombre del modelo
(sólo si se va a reclamar amortización).
La BSFZ debe anunciar su decisión en un plazo de tres meses.
- Solicitud de la ayuda a la investigación que determinará la Agencia Tributaria correspondiente
En el segundo paso, hay que solicitar la desgravación por investigación en la Agencia Tributaria responsable del impuesto sobre la renta. Esta solicitud sólo puede presentarse una vez finalizado el ejercicio fiscal en el que se incurrió en los gastos subvencionables del proyecto de I+D subvencionable, a más tardar cuatro años después del final del año natural en el que nació el derecho a la desgravación por investigación.
La desgravación por investigación se solicita por ejercicio fiscal y no en relación con un proyecto concreto de I+D, lo que significa que, en el caso de proyectos de I+D plurianuales, hay que presentar a la Agencia Tributaria una solicitud de desgravación por investigación por cada ejercicio fiscal.
Las solicitudes de ayuda a la investigación se presentan mediante un formulario electrónico en el portal en línea “ELSTER“.
Pago y tratamiento fiscal de la prima de investigación
La desgravación por investigación (segunda etapa) especificada en la notificación de desgravación por investigación se abona en forma de crédito fiscal.
Esto significa que se imputa íntegramente al impuesto liquidado en la siguiente liquidación inicial del impuesto sobre la renta o de sociedades o, si no hay que pagar impuestos debido a las pérdidas, se abona como subvención. Esta normativa significa, por ejemplo, que las empresas de nueva creación, que suelen incurrir en pérdidas iniciales, también pueden beneficiarse de la desgravación por investigación en términos de liquidez.
En el caso de las sociedades personalistas, la prima de investigación se determina por separado y uniformemente según la clave de reparto de beneficios y se abona o abona como parte de la liquidación fiscal de los socios.
En opinión de las autoridades fiscales, la propia prima de investigación no es imponible.
Ejemplo de cálculo
Suponiendo que una sociedad limitada con responsabilidad fiscal ilimitada o limitada que supere el límite de la normativa PYME tenga unos gastos subvencionables de 100.000 euros en un año:
- Gastos salariales para dos empleados que trabajen exclusivamente en el proyecto de I+D de 80.000 euros (incluidas las cotizaciones sociales),
- compra de una máquina de uso exclusivamente interno para el proyecto de I+D (vida útil 10 años, coste de adquisición 200.000 euros)
Por tanto, la desgravación por investigación asciende a 25.000 euros (25% de 100.000 euros) y se deduce del impuesto de sociedades.
Si el proyecto de I+D comienza después del 31 de diciembre de 2025, la desgravación por investigación es del 25% de 120.000,00 euros, es decir, 30.000,00 euros, ya que pueden tenerse en cuenta además los gastos generales a tanto alzado del 20%.
Nota:
Lo anterior corresponde a la situación legal a 31 de octubre de 2025.