Sonja Alvermann
Especialista en IVA en Alemania
Alemania
July 31, 2026
July 31, 2026
July 14, 2026
A medida que la movilidad internacional, la inversión transfronteriza y el teletrabajo siguen transformando el panorama empresarial mundial, nunca ha sido tan importante entender las implicaciones fiscales de operar en distintas jurisdicciones. España sigue siendo uno de los destinos más atractivos de Europa para inversores extranjeros, profesionales, jubilados y propietarios de inmuebles, por lo que es fundamental que los no residentes conozcan el marco fiscal del país antes de establecer vínculos financieros o personales.
La «Guía para no residentes – España 2026», elaborada por Kreston Iberaudit, ofrece una visión general práctica de la normativa fiscal española que afecta a las personas físicas y jurídicas que no son residentes fiscales en España, pero que obtienen ingresos de fuentes españolas o poseen activos en el país. Basada en la legislación y las directrices administrativas vigentes a partir del 1 de enero de 2026, la guía combina conocimientos técnicos con ejemplos prácticos para ayudarte a orientarte en un entorno fiscal complejo. Haz clic aquí para descargar la guía completa o lee el resumen que aparece a continuación.
El primer paso para determinar cualquier obligación fiscal es establecer la condición de residente. La guía explica los criterios que usan las autoridades españolas para decidir si una persona o una empresa se considera residente a efectos fiscales, incluyendo la presencia física, los intereses económicos y los vínculos familiares. También explica cómo la red española de convenios de doble imposición (CDI) ayuda a evitar la doble imposición y resuelve los casos en los que una persona podría considerarse residente en más de un país.
Los acuerdos laborales internacionales son cada vez más habituales, lo que plantea nuevas cuestiones fiscales tanto para los empleadores como para los empleados. Esta guía analiza la tributación de los ingresos por trabajo, las pensiones y el teletrabajo transfronterizo, y aclara cuándo los ingresos están sujetos a impuestos en España y cómo pueden aplicarse las disposiciones de los convenios fiscales. Además, ofrece una visión general completa del Régimen Especial para Expatriados de España, conocido comúnmente como la «Ley Beckham», y describe los criterios de elegibilidad y las posibles ventajas fiscales de las que pueden beneficiarse los profesionales, emprendedores y talentos internacionales que cumplan los requisitos y se trasladen a España.
Para los inversores, la guía explica cómo se gravan en España los dividendos, los intereses y las regalías, junto con las exenciones previstas en la legislación nacional y en las directivas de la UE. También analiza las obligaciones en materia de retención en origen y la importancia de los convenios de doble imposición a la hora de determinar la carga fiscal final.
La publicación también ofrece consejos prácticos para quienes tienen propiedades o invierten en el sector inmobiliario español. Entre los temas tratados se incluyen la tributación de los ingresos por alquiler, los ingresos imputados por propiedades desocupadas, las plusvalías por venta, el IVA, el impuesto sobre el patrimonio y los impuestos municipales, así como los requisitos de retención que se aplican cuando los no residentes venden una propiedad en España.
Más allá de las transacciones inmobiliarias, la guía analiza la tributación de las plusvalías derivadas de acciones, valores y otras inversiones, y destaca cómo la legislación nacional interactúa con los convenios fiscales internacionales. También aborda varias cuestiones administrativas prácticas con las que suelen encontrarse los no residentes, como la obtención del Número de Identificación de Extranjeros (NIE) español, la designación de representantes fiscales cuando sea necesario y el cumplimiento de las obligaciones fiscales corrientes.
Los lectores encontrarán consejos prácticos sobre:
Tanto si te vas a mudar a España, como si vas a invertir en activos españoles, a contratar talento internacional o a asesorar a clientes que se desplazan por todo el mundo, la «Guía para no residentes – España 2026» te ofrece una visión general completa del marco fiscal español para los no residentes. Concebida tanto como referencia técnica como recurso práctico, ayuda a los lectores a comprender mejor sus obligaciones e identificar los aspectos que deben tenerse en cuenta antes de tomar decisiones de inversión o de traslado. Para obtener un análisis más detallado, ejemplos y orientación específica para cada país, te animamos a que descargues la guía completa.
En este artículo para Bloomberg Tax, Jelena Mihic (de Kreston MDM y presidenta del Comité Regional de Europa) analiza cómo la exención de EE. UU. de las normas de la OCDE sobre el impuesto mínimo global podría cambiar el futuro de la política fiscal mundial. El marco del «Pilar Dos» de la OCDE introdujo un impuesto mínimo global del 15 % para reducir la transferencia de beneficios, frenar la competencia fiscal perjudicial y crear un sistema fiscal internacional más coherente para los grupos multinacionales con ingresos superiores a 750 millones de euros. Lee el artículo completo aquí o un resumen a continuación.
Aunque Estados Unidos comparte estos objetivos a través de su régimen de ingresos intangibles con baja tributación a nivel mundial (GILTI), los dos sistemas difieren bastante. El GILTI aplica un tipo impositivo efectivo más bajo y utiliza un enfoque de ponderación global, en lugar de la metodología jurisdicción por jurisdicción que exige el Segundo Pilar. Por eso, no cumple del todo con las normas de la OCDE.
Consciente de los retos políticos que plantea la reforma de la legislación fiscal estadounidense, la OCDE ha aceptado temporalmente el GILTI como «equivalente en términos generales». Esta decisión pragmática ayuda a mantener la participación de EE. UU. en el marco global, pero aleja la iniciativa del modelo uniforme acordado originalmente en 2021.
La exención de EE. UU. aporta más flexibilidad, pero también genera incertidumbre sobre la coherencia a largo plazo del impuesto mínimo global. Es posible que otros países intenten que se reconozcan sus propios regímenes fiscales mínimos nacionales, lo que daría lugar a un panorama más fragmentado en el que coexistan múltiples sistemas interoperables, en lugar de una única norma global.
Para los grupos multinacionales con sede en la UE, las implicaciones son importantes. Las empresas siguen estando sujetas a todos los requisitos del Segundo Pilar, incluidos los cálculos exhaustivos de GloBE, las liquidaciones fiscales complementarias específicas de cada jurisdicción y las amplias obligaciones de información. Por su parte, muchos grupos estadounidenses siguen operando bajo el régimen GILTI sin requisitos de cumplimiento equivalentes, lo que genera disparidades competitivas y administrativas.
Es probable que este marco en constante evolución también influya en las decisiones de inversión, ya que las ventajas de establecer operaciones en jurisdicciones tradicionalmente con bajos impuestos se ven reducidas una vez que se aplican los impuestos complementarios. Las empresas deben prepararse para una complejidad cada vez mayor, ya que los distintos países adoptan enfoques diferentes, aunque siguen estando, en líneas generales, en consonancia con los principios de la OCDE.
A pesar de la introducción del impuesto mínimo global, los precios de transferencia siguen siendo fundamentales para la planificación fiscal internacional. Los cálculos del Pilar Dos siguen basándose en los resultados de los precios de transferencia para determinar dónde se generan los beneficios y si hay que pagar impuestos adicionales.
Se espera que las autoridades fiscales presten mayor atención a la sustancia económica, incluyendo las funciones DEMPE, el diseño de la cadena de suministro, la ubicación de la plantilla y las actividades operativas. Por lo tanto, una documentación sólida sobre los precios de transferencia desempeñará un papel cada vez más importante a la hora de respaldar las posiciones del Segundo Pilar y defender los resultados fiscales durante las inspecciones.
De cara al futuro, los grupos multinacionales deberían ir más allá del mero cumplimiento normativo y adoptar una estrategia integrada en materia de fiscalidad y precios de transferencia. Las organizaciones que revisen de forma proactiva sus modelos operativos, refuercen su sustancia económica y adapten los precios de transferencia al cambiante entorno fiscal global estarán mejor posicionadas para gestionar el riesgo y seguir siendo competitivas a medida que el marco internacional siga evolucionando.
July 10, 2026
Las firmas miembro de Kreston Global, Kreston Reeves (Reino Unido) y Kreston ProWorks (Japón), han asesorado con éxito a Washin Chemical Industry Co., Ltd. en la adquisición de JFBR Group Limited, la sociedad matriz de Foilco Ltd. Lee el informe completo aquí o un resumen a continuación.
Washin Chemical Industry Co., Ltd., con sede en Japón, fabrica láminas para estampado en caliente, así como recubrimientos y pinturas especializados para productos y envases de consumo en todo el mundo. Fundada en el Gran Mánchester en 1987, Foilco Ltd. es un proveedor líder de láminas para estampado en caliente destinadas a envases de alta gama, impresión y decoración de productos.
Trabajando en colaboración más allá de las fronteras, Kreston Reeves y Kreston ProWorks prestaron un servicio de asesoramiento fluido y multilingüe que abarcó las finanzas corporativas del comprador, la diligencia debida financiera y la diligencia debida fiscal. La operación también contó con la experiencia de Kreston Revicom (Italia), que proporcionó asesoramiento fiscal local especializado, lo que demuestra la solidez de la red Kreston Global a la hora de respaldar operaciones internacionales complejas.
Craig Dallender, director de finanzas corporativas de Kreston Reeves, ha dicho: «Kreston Reeves y la red Kreston Global están en una posición ideal para apoyar a empresas de cualquier parte del mundo que quieran hacer negocios en el Reino Unido o adquirir empresas británicas. Estamos encantados de haber asesorado a Washin Chemical Industry Company en esta adquisición y de haber trabajado junto al fantástico equipo de Kreston ProWorks. Esta operación demuestra de verdad la solidez de Kreston Global y nuestra capacidad para aprovechar los conocimientos regionales y nuestra amplia experiencia en operaciones para ofrecer a nuestros clientes un apoyo transfronterizo de alta calidad».
Marek Lehocky, director general y consejero de Kreston ProWorks, ha declarado: «Washin Chemical Industry Company es líder mundial en láminas y recubrimientos especializados, con clientes en todo el mundo. Su adquisición de Foilco Ltd en el Reino Unido supone un paso importante en su expansión internacional, y nos alegra haber colaborado en esta operación junto a Kreston Reeves. También queremos agradecer el papel de Nihon M&A Center, una empresa líder en asesoramiento y intermediación en fusiones y adquisiciones, por haber puesto en contacto al comprador y al vendedor y haber hecho posible esta exitosa operación transfronteriza».
Andrew Griggs, socio principal y director global de Kreston Reeves, añadió: «Este proyecto demuestra claramente la solidez de la red Kreston Global y cómo nuestras firmas miembro colaboran a la perfección para ofrecer soluciones transfronterizas eficaces a los clientes. Estoy muy orgulloso de cómo Kreston Reeves y Kreston Proworks han trabajado juntos como un solo equipo para apoyar con éxito a un cliente común».
Shin Nakamichi, director ejecutivo de Washin Chemical Industry Co., Ltd., ha declarado: «Estamos muy agradecidos por el apoyo que nos han brindado Kreston Reeves y Kreston ProWorks durante todo este proceso de adquisición. Su asesoramiento ha sido oportuno, práctico y ha estado muy bien coordinado tanto en Japón como en el Reino Unido, lo que nos ha dado confianza a medida que avanzábamos en la operación».
El asesoramiento jurídico a Washin Chemical Industry Co., Ltd. corrió a cargo de Nishimura & Asahi y RPC Legal, mientras que Lodders Solicitors asesoró a Foilco Ltd. Nihon M&A Center Inc. también prestó asesoramiento en materia de finanzas corporativas en Japón . Si quieres más información sobre cómo hacer negocios con Kreston Global, ponte en contacto con nosotros aquí.
May 15, 2026
May 1, 2026
April 24, 2026
El régimen alemán de desgravación fiscal por I+D se rige por la Ley de desgravación por investigación, que ofrece incentivos fiscales a la investigación y el desarrollo en forma de desgravación. Introducida el 1 de enero de 2020 para complementar la financiación de proyectos existente, el alcance de la financiación máxima se ha ampliado recientemente de forma significativa hasta un importe máximo de 4,2 millones de euros al año para las PYME y de 3,0 millones de euros para otras entidades.
La ayuda a la investigación pretende reforzar a Alemania como emplazamiento empresarial, mejorar el atractivo de Alemania para nuevos asentamientos y decisiones de inversión, y asegurar así el crecimiento y el empleo.
March 16, 2026
March 5, 2026
February 27, 2026
January 22, 2026
October 29, 2025
October 21, 2025
October 15, 2025
El paquete ómnibus de la UE sobre ESG supone un paso estratégico para racionalizar el marco regulador de la UE, reduciendo las cargas administrativas e impulsando la competitividad en un momento crítico para el crecimiento sostenible. Al alinear los esfuerzos de reforma con las tendencias mundiales y los objetivos climáticos, la iniciativa pretende mejorar la inversión, fomentar la innovación y posicionar a Europa como líder en mercados responsables. Su éxito podría servir de modelo para las normas internacionales, atraer inversiones extranjeras y configurar las futuras prácticas mundiales en materia de finanzas verdes y desarrollo sostenible.
La propuesta de paquete ómnibus de la Comisión Europea representa un esfuerzo estratégico para racionalizar un panorama normativo complejo que se ha vuelto cada vez más difícil tanto para las empresas como para los consumidores y los responsables políticos. Esta iniciativa está impulsada por la necesidad de hacer frente a las crecientes cargas administrativas, mejorar la eficiencia de la normativa de la UE y fomentar un entorno más competitivo que conduzca a un crecimiento sostenible.
Esta iniciativa obedece a varios motivos. En primer lugar, la UE se enfrenta a una competencia mundial constante, que requiere agilidad normativa para garantizar que las empresas europeas puedan innovar y crecer sin verse obstaculizadas por una burocracia legislativa excesiva. Según el propio compromiso de la Comisión Europea, su objetivo es reducir las cargas administrativas al menos un 25%, y hasta un 35% en el caso de las PYME, para mejorar el entorno empresarial (Comisión Europea, “Legislar mejor”).
En segundo lugar, la evolución de las agendas del clima y la sostenibilidad, ejemplificadas por el Pacto Verde Europeo, exigen un marco más coherente y simplificado para movilizar inversiones, mejorar el cumplimiento y cumplir los ambiciosos objetivos climáticos para 2030 y más allá. Los objetivos generales del Pacto Verde se describen en el documento estratégico de la Comisión Europea.
Las condiciones actuales del mercado amplifican aún más la necesidad de reforma. Las empresas se enfrentan a normas fragmentadas que a menudo se solapan y evolucionan rápidamente, lo que provoca un aumento de los costes, una reducción de la transparencia y una disminución de la agilidad. El Tribunal de Cuentas Europeo destacó que la fragmentación normativa existente obstaculiza la eficacia de las políticas de sostenibilidad, y pidió una legislación de la UE racionalizada y coherente (“Informe especial 10/2018: Legislar mejor, regular con más eficacia” ).
La complejidad normativa también influye en el atractivo internacional, desalentando potencialmente la inversión extranjera y limitando la capacidad de la UE para liderar los sectores mundiales de las tecnologías limpias y las finanzas sostenibles. El Banco Europeo de Inversiones destaca que la incertidumbre normativa puede inhibir las inversiones verdes, que son cruciales para alcanzar los objetivos climáticos.
El Paquete Ómnibus propone revisiones de cuatro piezas clave de la legislación relacionada con los ASG: la Directiva sobre Informes de Sostenibilidad Corporativa (CSRD), la Directiva sobre Diligencia Debida en la Sostenibilidad Corporativa (CSDDD), el Mecanismo de Ajuste de las Fronteras de Carbono (CBAM) y el Reglamento sobre Taxonomía de la UE.
En cuanto a la DSFC, el Paquete Ómnibus propone un umbral de empleados más elevado para las empresas incluidas en el ámbito de aplicación. Según las revisiones propuestas, las empresas con más de 1.000 empleados y un volumen de negocios de más de 50 millones de euros o un balance de más de 25 millones de euros seguirán teniendo que informar. Anteriormente, el umbral de empleados era de 250 empleados. También se aumenta el umbral de volumen de negocios para las empresas matrices no pertenecientes a la UE, de más de 150 millones de euros a más de 450 millones de euros. Se simplifican los datos del ESRS, no se desarrollarán normas sectoriales específicas y sólo se exigirá una garantía limitada (en lugar de limitada y razonable). Además, según la propuesta Stop-the-Clock, adoptada por la Comisión Europea, se pospone dos años (de 2025 a 2027 y de 2026 a 2028) la presentación de informes para las grandes organizaciones no cotizadas y las pequeñas y medianas empresas (PYME) cotizadas.
En cuanto a la DSCD, el Paquete Ómnibus propone retrasos de uno y dos años en los plazos de transposición y cumplimiento, respectivamente, hasta el 26 de julio de 2027 y el 26 de julio de 2028. Además, la obligación de diligencia debida se limitará únicamente a los socios comerciales directos, y se suprime el requisito de poner fin a las relaciones comerciales cuando se detecten efectos adversos graves, potenciales o reales. Los ciclos de revisión se aumentan a cinco años, y se elimina la responsabilidad civil a nivel de la UE, dejándola en manos de los regímenes nacionales.
En cuanto a la Taxonomía de la UE, el Paquete Ómnibus propone centrar los KPI únicamente en las empresas muy grandes, con más de 1.000 empleados y más de 450 millones de euros de facturación. También se simplifican y aligeran las declaraciones, con plantillas simplificadas y una exención de minimis, por la que no será necesario informar sobre las actividades que supongan menos del 10% del volumen de negocios. Las instituciones financieras también podrán aplazar los KPI detallados hastael 31 de diciembre de 2027.
Estas revisiones simplifican la presentación de informes, alinean las disposiciones de las distintas normativas y reducen la burocracia que conllevan, reduciendo así el coste, el tiempo y el esfuerzo que necesitan las empresas del ámbito de aplicación para cumplirlas. La propuesta de Stop-the-Clock también da más tiempo a las empresas incluidas en el ámbito de aplicación para preparar sus informes. Se calcula que un 80% menos de empresas quedarán fuera del ámbito de aplicación con estas revisiones, eliminando así una carga administrativa y los costes derivados para muchas PYME. Además, el requisito de garantía limitada facilita el cumplimiento a las empresas y simplifica la revisión por parte de los reguladores. El cumplimiento también seguirá siendo nacional, lo que requiere menos recursos y tiempo.
Una menor cobertura en los puntos de datos y una menor transparencia general en la información significan que la cantidad de datos ASG disponibles disminuirá significativamente, por lo que los usuarios de estos datos (por ejemplo, consumidores, reguladores, clientes, socios, inversores, medios de comunicación, público, etc.) se enfrentarán a un mayor riesgo de puntos ciegos y a una comparabilidad intersectorial más difícil, sobre todo en los sectores de alto impacto. Los riesgos de escrutinio también aumentan a medida que disminuye la transparencia. Las revisiones propuestas también han creado incertidumbres para las empresas y falta de claridad para el mercado. El requisito de garantía limitada únicamente tendrá un impacto potencial en la calidad de los datos que se comuniquen y reducirá la necesidad de servicios de garantía pertinentes, lo que repercutirá negativamente en los proveedores de servicios. Además, las empresas fuera del ámbito de aplicación pueden seguir teniendo que cumplir los cuestionarios de contratación ESG de su cadena de valor, por lo que estas empresas seguirán teniendo que asignar recursos para cumplirlos y pueden estar menos preparadas para hacerlo, o ser menos capaces de obtener una puntuación elevada. Al seguir siendo la aplicación únicamente nacional, también existe el riesgo de que se produzcan parches de responsabilidad y normas contradictorias en toda la UE. Dado que la legislación de otras regiones tiende a seguir a la de la UE, estas revisiones también pueden provocar un efecto dominó de revisiones de actos legislativos similares en otras zonas geográficas, como Asia-Pacífico, Norteamérica, etc., con implicaciones más importantes para el mercado mundial.
La adopción del Paquete Ómnibus sitúa a la UE en una coyuntura crucial, alineando su enfoque normativo con las tendencias internacionales más amplias y señalando al mismo tiempo un claro cambio hacia políticas más pragmáticas y favorables a las empresas. A escala de la UE, esta iniciativa apoya los compromisos estratégicos del continente en el marco del Pacto Verde Europeo y sus objetivos de sostenibilidad para 2030.
Al reducir las cargas administrativas y aumentar la claridad normativa, la UE pretende incentivar la inversión sostenible, apoyar la innovación y mantener su competitividad en la escena mundial. El informe de la Comisión Europea “Finanzas sostenibles en la UE” destaca la importancia de la claridad normativa para movilizar las inversiones privadas en finanzas sostenibles. Externamente, las implicaciones son igualmente significativas. A medida que los mercados mundiales dan cada vez más prioridad a la sostenibilidad y a las prácticas empresariales responsables, los esfuerzos de la UE por racionalizar y mejorar su marco regulador podrían servir de modelo para otras regiones. La reciente publicación de la OCDE sobre “Enfoques Coordinados Globales de las Finanzas Sostenibles” subraya que la convergencia normativa desempeña un papel crucial en el fomento de los flujos internacionales de inversión y las normas compartidas.
Los países y socios comerciales que alineen sus políticas con los objetivos de desarrollo sostenible pueden considerar las reformas de la UE como una referencia a seguir, configurando así las normas internacionales en los próximos años. El Banco Central Europeo también ha subrayado que la estabilidad y la transparencia reglamentarias son vitales para fomentar las finanzas sostenibles a escala mundial.
Además, un marco comunitario más racionalizado puede influir positivamente en las cadenas de suministro mundiales. El Foro Económico Mundial destaca que las regiones líderes en tecnología limpia y normas de gobernanza tienden a atraer más inversión extranjera directa (IED) e impulsar la innovación (Foro Económico Mundial, “Why integrated and regenerative leadership is vital for the future of global value chains”).
El Paquete Ómnibus no modifica el objetivo jurídicamente vinculante de la UE para 2030 de reducir las emisiones netas de gases de efecto invernadero en un 55% respecto a 1990, ni afecta a otros instrumentos clave, como el Régimen Comunitario de Comercio de Derechos de Emisión (RCCDE). Las simplificaciones pretenden reducir la burocracia y centrar los esfuerzos en las empresas con mayor impacto, a fin de reducir costes y liberar capacidad de gestión. El objetivo es, por tanto, impulsar la competitividad de todas las empresas de la UE, incentivar la inversión sostenible y apoyar la innovación intersectorial. El Paquete, por tanto, sigue vigente.
Sin embargo, los retrasos que introduce en la presentación de informes y el menor alcance de la presentación de informes y la diligencia debida introducen riesgos de ejecución y supervisión para alcanzar con éxito la senda de 2030. Esto se debe a que las revisiones envían señales al mercado que dificultarán la movilización de financiación privada y la verificación de los avances. La reducción de los datos notificados también significa que el volumen de datos ESG de alta calidad disponibles y útiles para la toma de decisiones será significativamente menor, lo que proporcionará señales de dirección más débiles para los consejos de administración, los bancos y los supervisores. Además, debido al reducido número de empresas incluidas en el ámbito de aplicación, menos empresas asignarán capital, tiempo y recursos humanos al cumplimiento de los objetivos de 2030 y del Pacto Verde, al menos a corto plazo. También habrá repercusiones negativas en la evaluación del riesgo de las amenazas climáticas y en los planes de transición de las empresas. Así pues, aunque el Paquete Ómnibus mantiene las ambiciones futuras, como el objetivo de la UE para 2030, complica la hoja de ruta para alcanzar ese objetivo de 2030. Pero el objetivo sigue siendo alcanzable.
Las revisiones del Paquete Ómnibus también presentan una oportunidad de negocio para el mercado medio, que ya no entra en el ámbito de aplicación de estos actos legislativos. Para las PYME, la gestión de las cuestiones ASG deja de ser un engorroso ejercicio de marcar casillas para cumplir la normativa, y se convierte en un imperativo estratégico y un habilitador empresarial. Es fundamental para el acceso al mercado y el crecimiento, así como para el coste del capital y las oportunidades de financiación de las empresas.
Según el Informe sobre el Comercio Mundial publicado por Thomson Reuters para 2024, el 81% de los encuestados de todo el mundo consideran que los criterios ASG son importantes o muy importantes a la hora de elegir proveedores[1]. El Foro Económico Mundial señaló que en 2024, según una encuesta de KPMG, el 45% de las operaciones de fusiones y adquisiciones se encontraron con una implicación significativa debido a un hallazgo material de diligencia debida en materia de ASG, y más de la mitad de ellas experimentaron un “bloqueo de la operación”[2]. Los riesgos climáticos no gestionados también podrían afectar significativamente al valor de la renta variable mundial y traducirse en una pérdida del 27%, y las empresas con peores resultados perderían hasta el 75% de su valor, según la Universidad de Cornell[3].
El mensaje es claro. Si sigues estando dentro del ámbito de aplicación de estas piezas clave de la legislación ASG, el camino hacia el cumplimiento es ahora más sencillo y directo para ti. Pero si ya no estás dentro del ámbito de aplicación, sigue invirtiendo en planes de transición al cambio climático, en datos ASG de alta calidad para tus estrategias e informes, y en la diligencia debida de la cadena de suministro en materia de ASG, porque la competitividad y la resistencia a largo plazo de tu empresa dependen de ello.
[1] Instituto Thomson Reuters, Informe sobre el comercio mundial 2024 , diciembre de 2024, https://www.thomsonreuters.com/en-us/posts/international-trade-and-supply-chain/supply-chain-resilience/.
[2] Foro Económico Mundial, La Responsabilidad Corporativa tiene sentido desde el punto de vista financiero. He aquí por qué. Marzo 2025, https://www.weforum.org/stories/2025/03/why-esg-is-now-a-financial-imperative/
[3] Universidad de Cornell, Quantifying firm-level risks from nature deterioration, abril de 2025, https://arxiv.org/abs/2501.14391.
September 26, 2025
El discernimiento en contabilidad es algo que no se puede programar. Merce Martí Queralt, Presidenta y Consejera Delegada de Kreston Iberaudit, nos habla del poder del liderazgo humano en un mundo digital.
Existe una tendencia cada vez más extendida a creer que lo viejo estorba, y que lo nuevo es el único camino a seguir. Como si la experiencia se limitara en lugar de enriquecerse. Junto a esto surge una fascinación casi automática por la novedad.
En este clima, en el que la novedad se afirma como un valor por derecho propio, también ha cambiado la forma en que buscamos respuestas. Vivimos en la era de los datos, de los algoritmos, de la inmediatez. Todo parece estar a un clic de distancia, pero cuando todo está automatizado, el factor humano se convierte en el verdadero diferenciador.
Tras haberme enfrentado a contextos complejos, guiado a través de la incertidumbre y tomado decisiones sin certezas absolutas, puedo afirmar que lo que realmente marca la diferencia es saber qué hacer con la información de que disponemos. Es saber cuándo avanzar y cuándo hacer una pausa, reflexionar, dudar y volver a cuestionarlo.
Eso es lo que llamamos juicio, y se forja en la práctica. En las dudas. En los errores. En la conciencia de que no todo lo urgente es importante, ni todo lo nuevo, mejor.
Hoy celebramos la inteligencia artificial como el gran emblema del progreso. Y tiene sentido: procesa, predice, propone… pero cuanto más lee los datos, menos sabe interpretar el contexto. Porque interpretar no es simplemente mirar las pruebas; es saber cuándo confiar en ellas… y cuándo desconfiar también.
¿Queremos empresas más ágiles y digitales? Por supuesto que sí. Pero recordemos: agilidad no es prisa, y tecnología no es sabiduría.
Podemos confiar en la IA generativa en la contabilidad, pero no debemos olvidar que alguien tiene que decidir, y más vale que ese alguien sepa discernir.
El futuro del trabajo no es ni joven ni viejo.
Es lúcido. Exigente. Humano.
Y en ese futuro, el criterio no es prescindible.
Es lo que sostiene todo lo demás.
September 5, 2025
Las normas luxemburguesas sobre los intereses transferidos van a cambiar tras la presentación por el gobierno, el 24 de julio de 2025, del proyecto de ley nº 8590. Los intereses transferidos son la parte de los beneficios que un Fondo de Inversión Alternativo (FIA) asigna a sus gestores una vez superada una tasa crítica de rentabilidad. El régimen propuesto pretende modernizar el tratamiento fiscal, reforzar la seguridad jurídica y aumentar el atractivo de Luxemburgo para los gestores de fondos e inversores internacionales.
El nuevo régimen ampliaría el ámbito de los beneficiarios. Ya no se limitaría a los empleados de las sociedades de gestión o de los gestores de FIA, sino que se extendería también a las personas que presten servicios a los gestores de fondos, incluidos los empleados de proveedores externos, los consejeros independientes y los socios no empleados.
El proyecto de ley define dos tipos de intereses transferidos. Los intereses transferidos contractuales, basados únicamente en derechos contractuales, se clasificarían como ganancia especulativa y se gravarían al 25% del tipo progresivo, lo que daría lugar a un tipo marginal efectivo de aproximadamente el 11,45%. Los intereses transportados ligados a la participación, relacionados con una participación directa o indirecta en el fondo, también se clasificarían como ganancia especulativa, pero podrían beneficiarse de una exención total si la participación es inferior al 10% y se mantiene durante más de seis meses. La exención abarcaría tanto las plusvalías como las rentas distribuidas, incluso a través de estructuras transparentes.
Otros cambios importantes son hacer permanente el régimen preferencial, eliminar la norma de que los inversores deben recuperar primero el capital aportado antes de las distribuciones de intereses transportados, y permitir las estructuras “deal-by-deal”. Los beneficiarios del marco actual pasarían automáticamente al nuevo régimen. Si se aprueba, el nuevo régimen entraría en vigor el 1 de enero de 2026.
La reforma es importante para el sector de los fondos de inversión alternativos de Luxemburgo. Aportaría mayor claridad a los gestores y proveedores de servicios, reduciría la carga fiscal efectiva y acercaría a Luxemburgo a las prácticas del mercado internacional. La reforma también señala la determinación de Luxemburgo de seguir siendo un centro europeo líder para los fondos de inversión alternativos en un entorno mundial competitivo.
El proyecto de ley se encuentra actualmente en fase de revisión parlamentaria. Si se aprueba, se aplicará a partir de 2026 y se espera que proporcione un marco más claro y atractivo para los intereses transferidos. Para un análisis más detallado del proyecto de ley nº 8590 y sus implicaciones, véase Omnitrust.
August 26, 2025